Publicado Julio 04, 2021
Convención debe transformarse en Asamblea Constituyente
Cuerpo
La Convención tiene toda la legitimidad democrática para convertirse en Asamblea Constituyente. Está formada por representantes libremente electos por el pueblo; y todos y cada uno con los mismos derechos.

Como su nombre lo indica, la Convención Constitucional no es una Asamblea Constituyente.

Esta última es una institución que se han dado los Estados para establecer las reglas básicas de un sistema democrático. Son, por lo tanto, por definición, soberanas, por delegación del pueblo. Son democráticas, y para ser consecuentes con su objetivo adoptan sus acuerdos por la regla de la mayoría.

La Convención Constitucional no cumple ninguno de estos requisitos.

Claramente no es soberana en su origen: es producto de una ley (reforma constitucional) aprobada por el poder constituido, la cual le fija parámetros dentro de los cuales tendría que cumplir su cometido.

Tampoco es democrática: le concede a la minoría un virtual poder de veto, al establecer un quórum de dos tercios para adoptar sus resoluciones.

Peor aún, la Convención queda bajo la supervisión (o sea de la autoridad) de la Corte Suprema, en los casos en que la minoría de ella manifieste objeciones a cómo la mayoría está cumpliendo con las reglas que le fijó el Congreso Nacional.

Por consiguiente, si quiere cumplir con el objetivo proclamado, la Convención puede y debe convertirse en Asamblea Constituyente si quiere aprobar democráticamente una nueva Constitución.

De otra forma, la Constitución no será el producto de la voluntad mayoritaria del pueblo que para eso eligió a sus representantes; sino el producto del veto de la minoría de los representantes del pueblo. En ese marco el “plebiscito de salida” se convertiría en una engañosa forma de presentarle al pueblo, como producto de su mayoría, un texto que en definitiva estará condicionado por lo que imponga su minoría.

La Convención tiene toda la legitimidad democrática para convertirse en Asamblea Constituyente. Está formada por representantes libremente electos por el pueblo; y todos y cada uno con los mismos derechos.

Por lo tanto, ellos tienen plena legitimidad para definir por la mayoría de sus miembros sus reglas de funcionamiento y, sobre todo, el producto para el que el pueblo los eligió: el texto de una Constitución democrática.

Texto que posteriormente será ratificado por sus mandantes: el pueblo soberano en su conjunto.