Publicado April 06, 2021
Primera ley de salud mental en Chile y la ausencia de la biociudadanía ¿Y si deliramos por un ratito?
Cuerpo
Proponemos recordar la invitación que hizo alguna vez el escritor uruguayo Eduardo Galeano… ¿Y si deliramos por un ratito? Deliremos e imaginemos posible un mundo con leyes que sirvan para proteger y no encarcelar. ¿Qué tal si empezamos a ejercer el jamás proclamado derecho de soñar? Para adivinar otro mundo posible…

La salud mental es considerada por la Organización Mundial de la Salud como una parte sustantiva del bienestar, señalando que “no hay salud sin salud mental”. Considerando su importancia, y en pleno contexto de pandemia, se aprueba en el senado el proyecto de la primera Ley de Salud Mental en Chile. Esto ha impulsado una serie de declaraciones públicas de organismos ciudadanos, profesionales y académicos que alzan la voz para manifestar su descontento entorno a esta ley. Dentro de ellos, destacan el no garantizar el derecho al consentimiento libre e informado en el tratamiento, la falta de un enfoque preventivo-promocional, la ausencia de detalles presupuestarios, entre otros ... y sin estas claridades, nos preguntamos: ¿cómo se garantizan los derechos de las personas? 

La ley esboza una organización de los servicios desde los equipos interdisciplinarios locales con enfoque intersectorial, pero al no comprometer claridad de presupuesto, se ofrece una posibilidad inviable en lo concreto para hacer de esta dimensión una práctica operativa. Lo mismo sucede con las prácticas violentas e internaciones involuntarias, ya que se declara la necesidad de eliminarlas, pero sin proponer un plan de deshospitalización concreto y conectado con la realidad de usuarios, familiares y equipos. Estos y otros asuntos propician un texto a lo menos impreciso y vacío, que no logra transitar desde el modelo biomédico hacia un modelo basado en derechos humanos. 

Por un lado, es una ley que no promueve el diálogo con las necesidades de las personas usuarias, familiares, comunidades y/o trabajadores en salud; y por otro, es una ley que obedece a las reglas del modo capitalista de producción. Este último, produce sujetos neuróticos “adaptados” a la lógica mercantilista, donde los “locos” y delirantes son “improductivos” y, por lo tanto, deben encerrarse -hospitalizarce-. Frente a ello, el neoliberalismo gana en la letra de esta ley, pues no propone el fin de la industria de la locura con sus instituciones totales hechas para “moler gente”.

En este escenario cabe preguntarse ¿cómo surge esta disociación entre el proyecto propuesto y aprobado por el Congreso y el descontento de una parte de la ciudadanía más sensible a las demandas de salud mental?

A primera vista resulta claro ver que las estrategias de participación ciudadana para la construcción del proyecto de ley podrían definirse, al menos, como insuficientes o poco pertinentes para cobijar las necesidades más sentidas de la ciudadanía interpeladas y/o afectadas por algún tema de salud mental, ya sea como personas usuarias, trabajadoras, académicas, familiares o comunitarias.

Reflexionar en torno a esta ley para Chile, propicia revisar otras experiencias de acción política ciudadana llevadas a cabo en el ámbito de la salud mental Latinoamericana, como por el ejemplo el reconocido movimiento antimanicomial de Brasil, que se convierte en un sujeto colectivo de movilización político-jurídica para la garantía de los derechos humanos de las personas en el ámbito de salud mental. Este movimiento social de hace treinta años logra implementar una reforma psiquiátrica en el país, congregando a personas trabajadoras de la salud, usuarias de los servicios de salud mental y sus familiares, así como profesionales de ciencias humanas y sociales, estudiantes, maestros e intelectuales (Cerqueira, 2017). 

Esta experiencia de resistencia ciudadana brasileña tiene varias dimensiones que nos permiten reflexionar respecto al proceso chileno, pero uno de los más destacados corresponde a su adscripción a la noción del “derecho desde la calle” y no “para la calle”, priorizando un sujeto social colectivo y no individual (Sousa Jr., 2008). Esto se encuentra en plena sintonía con el modelo de salud mental comunitaria propuesto por los planes nacionales de salud mental que ha desarrollado Chile hasta la fecha, pero que no han podido transitar desde un lugar teórico a uno de práctica genuina.

Conectándonos con la experiencia brasileña es que cuestionamos la decisión de no considerar a la ciudadanía en la construcción y contenido de la ley. Si un país como Brasil, con más de 30 años de resistencia ciudadana en salud mental, aún tiene temas pendientes que resolver ¿cómo afrontará Chile las demandas de salud mental del futuro postpandémico, si la ciudadanía no se considera voz válida para el diseño, implementación y evaluación de leyes y políticas públicas?  

Este sujeto colectivo que vemos presente en el ejemplo brasileño y ausente en el caso chileno puede entenderse como una nueva biociudadanía para poner en valor, colectivo que tiene el interés de (bio)legitimar su propia situación de salud y vida como un elemento constitutivo de la agenda pública (Rose, 2012), teniendo mucho que aportar al intercambio de saberes en favor de una mejor ley de salud mental chilena.

En este marco proponemos recordar la invitación que hizo alguna vez el escritor uruguayo Eduardo Galeano… ¿Y si deliramos por un ratito? Deliremos e imaginemos posible un mundo con leyes que sirvan para proteger y no encarcelar. ¿Qué tal si empezamos a ejercer el jamás proclamado derecho de soñar? Para adivinar otro mundo posible… u otra ley de salud mental posible, donde quizás pudiéramos imaginar una biociudadanía partícipe de la construcción de una ley con enfoque de derechos humanos.  Pero esto, quizás sólo sea posible, si nos posicionamos radicalmente contra la lógica de aprisionar a los delirantes…